Cláusula suelo de empresas y profesionales

El Tribunal Supremo considera abusiva la Cláusula Suelo en Empresas y Profesionales si no se han tenido oportunidad real de conocer su inclusión en el contrato

¿Qué es la cláusula suelo?

La Cláusula Suelo de empresas y profesionales es aquella que determina el interés mínimo fijo que una entidad financiera aplicará en un préstamo de interés variable. Ésta se aplicará cuando el diferencial más el índice de referencia (Euribor en la mayoría de las ocasiones) sea inferior al interés mínimo establecido.
Como veremos más adelante, hay gran diferencia en los requisitos para declarar nula la Cláusula Suelo, en función de si es para consumidores o para empresas y profesionales.

Cláusula suelo de empresas y profesionales

Las Cláusulas Suelo en préstamos hipotecarios con consumidores fueron declaradas abusivas por el Tribunal Supremo en 2013, siempre y cuando en la incorporación existiera falta de transparencia con los prestatarios. Posteriormente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea estableció que los consumidores podían recuperar lo pagado de más por la aplicación de Cláusulas Suelo.

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Requisitos abusividad cláusulas suelo en consumidores y empresas o profesionales

Siendo consumidor, el Tribunal Supremo establece que una Cláusula Suelo es abusiva, si no supera alguno de los controles de transparencia, abusividad o incorporación.

Siendo Empresa o Profesional, el control de incorporación es el único a analizar, consistente en acreditar que el cliente fuera consciente de la inclusión de la cláusula suelo en el préstamo hipotecario.

La sentencia del Tribunal Supremo mencionada establece que la Cláusula Suelo no superó el control de incorporación. Todo ello apoyado en dos puntos, el primero que no se les entregó la ficha FIPER a los prestatarios, y en segundo lugar que el notario no les advirtió específicamente de la existencia de la cláusula suelo, considerando que:

no tuvieron oportunidad real de conocer su inclusión en el contrato y, por tanto, su mera existencia. Lo que no supone hacer un control de transparencia, sino un control de incorporación, que es pertinente respecto de cualquier adherente, sea consumidor o profesional

¿Qué se entiende por consumidor y qué se entiende por empresa o profesional?

Según el artículo 3 de la ley para la defensa de consumidores y usuarios, se considera consumidor a:

las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.

Según el artículo 4 de la ley para la defensa de consumidores y usuarios, se considera empresario a:

toda persona física o jurídica, ya sea privada o pública, que actúe directamente o a través de otra persona en su nombre o siguiendo sus instrucciones, con un propósito relacionado con su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión

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Resoluciones del tribunal supremo de cláusulas suelo empresas y profesionales

La Sentencia de 11 de Marzo de 2020 dio por primera vez la razón a un profesional en la adquisición de una licencia de taxi.

La ley y la jurisprudencia que hemos visto diferencia en función de si la actividad para la que se pide el préstamo es para actividad comercial o no. Lo que llama la atención es que la Ley no atiende a los conocimientos financieros, jurídicos… que pueda tener la persona responsable de contratar el préstamo. Es decir, una persona que su profesión es ser taxista y solicita una hipoteca para adquirir una licencia de taxi es considerado empresario. Si esa misma persona, con los mismos conocimientos financieros solicita una hipoteca para vivir con su familia es considerado consumidor.

En esta Sentencia se condena al banco a devolver lo cobrado de más al taxista por aplicar una Cláusula Suelo del 6,5%. En la misma línea que las Sentencias del Juzgado de Primera Instancia y de la Audiencia Provincial de Madrid.

Siguiendo la misma línea, y mediante Auto de 16 de Junio de 2021 el Tribunal Supremo también se pronuncia sobre una empresa. En este caso es una zapatería que pidió un préstamo hipotecario para el local y el Tribunal Supremo inadmitió el recurso de casación del banco, obligándole devolver a la zapatería las cantidades cobradas de más por aplicación de una Cláusula Suelo del 3,5%.

Argumentación jurídica del tribunal supremo para considerar abusiva la cláusula suelo de empresas y profesionales

La Legislación en la que se basa el Tribunal Supremo es en los artículos 5.5 y 7.a de la Ley de Condiciones Generales de la Contratación, en lo relativo al control de transparencia. Teniendo ello como base, el Tribunal Supremo acuerda:

debe tratarse de una cláusula con una redacción clara, concreta y sencilla. que permita una comprensión gramatical normal y que el adherente haya tenido oportunidad real de conocer al tiempo de la celebración del contrato. Es decir, junto al parámetro de la claridad y comprensibilidad. debe concurrir el requisito de la posibilidad de conocimiento, puesto que el control de inclusión es, fundamentalmente, un control de cognoscibilidad.

Desde Sánchez y Ortún Abogados podemos ayudarte y defender tus derechos.
Ángel Sánchez García, abogado especializado en Derecho Bancario y Financiero.

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